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lunes, diciembre 23, 2024

Suben los pagos por desempleo: a cuánto ascienden en los primeros 9 meses de Javier Milei

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En los primeros 9 meses de este año, 140.968 trabajadores registrados que perdieron el empleo registrado sin causa atribuible al trabajador cobraron el seguro o la Prestación por Desempleo.

Por las cesantías y/o desvinculaciones, las altas vienen en aumento desde las 62.925 en 2021: en 2022 fueron 86.268, en 2023 sumaron 108.942 y en este año, solo en 9 meses, suman 140.968. Se estima que, en relación al año pasado, en 2024 el incremento de las altas podría rondar el 60/70% anual.

De estas 140.968 altas, las más numerosas corresponden a la construcción (47.121 trabajadores), la industria manufacturera (28.709), comercio mayorista y minorista (22.646), actividades administrativas (10.709), servicio de transporte (5.663), servicios de comida y alojamiento (5.120) y salud y servicios sociales (4.258).

Tienen derecho a esta prestación los despedidos sin justa causa, por finalización de contrato o por causas externas al trabajador que estuvo en relación de dependencia.

Mientras cobran este seguro –de hasta 12 meses- perciben también las asignaciones familiares y continúan con la cobertura de la obra social a la que están afiliados. Y los meses del cobro de la prestación se computa como antigüedad para la jubilación o pensión.

Un requisito importante es haber tenido al menos 6 meses de trabajo con aportes en los últimos 3 años anteriores al despido o finalización del contrato.

En el caso del trabajador eventual y de temporada, el requisito es haber trabajado menos de 12 meses en los últimos 3 años y más de 90 días en el último año, antes de la finalización del trabajo.

El monto y la cantidad de cuotas (entre 2 y 12) se calculan según los ingresos y meses trabajados (con aportes) durante los últimos 3 años. Las trabajadoras y trabajadores mayores de 45 años cobran durante 6 meses más.

El año pasado, el Consejo del Salario Mínimo dispuso que la prestación por desempleo debe ser equivalente al 75% de la mejor remuneración mensual, normal y habitual del trabajador en los 6 meses anteriores al cese laboral que provocó el desempleo.

Pero la Resolución del Consejo aclaró que “en ningún caso la prestación mensual podrá ser inferior al 50% del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente ni superior al 100%». Este techo anula en la práctica la equivalencia del 75% de la mejor remuneración de los últimos 6 meses anteriores al despido.

En mayo y junio el SMVM fue fijado en $ 234.315,12, en julio subió a $ 254.241,91 y en octubre a $ 271.571. La prestación por desempleo promedió en septiembre los $ 209.029 mensuales

SN

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