Un indicador de la magnitud de los despidos sin causa atribuible a los trabajadores del sector privado surge de los datos de la Seguridad Social que marcan que, en un año y medio de la gestión del actual Gobierno, 245.480 trabajadores cobraron la Prestación por Desempleo.
De los 245.480 de altas del Seguro de Desempleo, 174.335 se produjeron durante 2024 y 71.145 en los primeros 6 meses de 2025.
De las 71.145 altas del primer semestre 2025, 16.408 correspondieron a la industria manufacturera, 14.531 al comercio, 12.359 a la construcción, servicio de comida y alojamiento 3.379 y transporte 3.213
De las 174.335 altas, las más numerosas correspondieron a la construcción (54.046 trabajadores), la industria manufacturera (36.233), el comercio (28.790), actividades administrativas (14.150) servicio de transporte (7.158), servicios de comida y alojamiento (6.493) y salud y servicios sociales (5.522).
Computando las bajas porque encontraron trabajo o porque dejaron de cobrarlo porque este seguro es temporal (hasta 12 meses), en junio 2025 percibieron esta prestación 96.171 personas con un pago promedio de $ 261.408.
De ese total, 66.861 eran varones y 29.210 mujeres. Residían 39.932 en la Provincia de Buenos Aires; en Santa Fe, 7.456; en Córdoba, 6.976 y en CABA, 6.162.
Tienen derecho a esta prestación los despedidos sin justa causa, por finalización de contrato o por causas externas al trabajador que estuvo en relación de dependencia comprendido en la ley 24.013 de Contrato de Trabajo.
Mientras cobran este seguro –de hasta 12 meses– perciben también las asignaciones familiares y continúan con la cobertura de la obra social a la que están afiliados. Y los meses del cobro de la prestación se computa como antigüedad para la jubilación o pensión.
Un requisito importante es haber tenido al menos 6 meses de trabajo con aportes en los últimos 3 años anteriores al despido o finalización del contrato.
En el caso del trabajador eventual y de temporada, el requisito es haber trabajado menos de 12 meses en los últimos 3 años y más de 90 días en el último año, antes de la finalización del trabajo.
El monto y la cantidad de cuotas (entre 2 y 12) se calculan según los ingresos y meses trabajados (con aportes) durante los últimos 3 años. Las trabajadoras y trabajadores mayores de 45 años cobran durante 6 meses más.
En 2023, el Consejo del Salario Mínimo dispuso que la prestación por desempleo debe ser equivalente al 75% de la mejor remuneración mensual, normal y habitual del trabajador en los 6 meses anteriores al cese laboral que provocó el desempleo.
Pero la Resolución del Consejo aclaró que “en ningún caso la prestación mensual podrá ser inferior al 50% del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente ni superior al 100%». Este techo anula en la práctica la equivalencia del 75% de la mejor remuneración de los últimos 6 meses anteriores al despido.
No tienen derecho a esta Prestación, los empleados de la Administración Pública Nacional, Provincial y Municipal.
SN